En el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas, el ISR se calcula con tasas muy bajas sobre los ingresos efectivamente cobrados, sin deducciones. A cambio, el régimen te exige facturar todos tus ingresos, mantener tu e.firma activa y presentar tus pagos mensuales sin fallar.
La lógica del régimen
RESICO cambia el trato: en lugar de deducir gastos y calcular utilidad, pagas un porcentaje pequeño directamente sobre lo que cobraste. Es una simplificación real para quien tiene pocos gastos deducibles, y una mala idea para quien tiene muchos.
Hay un tope de ingresos anuales para permanecer en el régimen. Si lo rebasas, sales y te vas al régimen general, con reglas distintas.
Lo que te toca cada mes
- Facturar todos tus ingresos. No es opcional: la base del impuesto se construye con tus CFDI emitidos.
- Presentar el pago provisional de ISR, calculado sobre lo efectivamente cobrado en el mes.
- Declarar el IVA si tus actividades lo causan. RESICO simplifica el ISR, no te libera del IVA.
- Revisar retenciones si facturas a personas morales, porque ellas retienen una parte.
Y cada año
La declaración anual también se presenta. Es donde se confirma que lo pagado mes a mes corresponde con lo cobrado en el ejercicio.
Las causas típicas de salirse sin querer
- Dejar vencer la e.firma.
- Omitir declaraciones mensuales.
- Rebasar el tope de ingresos sin darse cuenta, porque nadie llevaba la cuenta.
- No emitir factura por cobros en efectivo o por transferencia directa.
Las tres primeras se evitan con calendario. La cuarta, con disciplina de facturación.
Llevar la cuenta sin sufrir
El punto crítico de RESICO es saber, en cualquier momento, cuánto llevas cobrado en el año. Con tus CFDI emitidos descargados del SAT y clasificados, ese número está siempre a la vista y no depende de que alguien lo capture.
Crea tu cuenta gratis y ten tus ingresos del ejercicio siempre actualizados.
Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un contador. Los topes, las tasas y las obligaciones de RESICO han cambiado entre ejercicios: verifica siempre en sat.gob.mx.