La opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales (formato 32-D) es el documento con el que el SAT dice si estás al corriente. Se obtiene en el portal del SAT con RFC y contraseña o e.firma en menos de dos minutos, y sale negativa cuando tienes declaraciones sin presentar, créditos fiscales firmes sin pagar, estás en la lista del 69-B o no tienes Buzón Tributario.
Para qué te la piden
Cualquier dependencia de gobierno la exige para contratarte o pagarte (es un requisito del artículo 32-D del Código Fiscal). Cada vez más empresas grandes la piden a sus proveedores como parte de su debida diligencia, y los bancos la revisan al otorgar crédito. Tiene vigencia de 30 días y se consulta en tiempo real, así que una opinión positiva de hoy no garantiza la de la próxima semana.
Cómo obtenerla
- Entra al portal del SAT, Otros trámites y servicios, Opinión del cumplimiento.
- Autentícate con RFC y contraseña o e.firma.
- El sistema genera el PDF al instante con el sentido de la opinión: positiva, negativa, en suspensión o inscrito sin obligaciones.
También puedes autorizar que terceros la consulten (por ejemplo, un cliente que te la pide cada mes) desde la misma sección.
Por qué sale negativa
- Declaraciones omitidas. Provisionales, definitivas de IVA, anual, DIOT o informativas. Es la causa número uno, y a veces es una declaración en ceros que se olvidó.
- Créditos fiscales firmes sin pagar ni garantizar, incluidas multas pequeñas de hace años.
- Lista 69-B. Estar como presunto o definitivo por operaciones simuladas, o no haber corregido facturas recibidas de un EFOS definitivo.
- Buzón Tributario sin habilitar o con medios de contacto no validados.
- Datos del RFC desactualizados, como domicilio no localizado.
Cómo volverla positiva
El PDF de la opinión negativa indica exactamente qué obligación falta. Corrige esa causa (presenta la declaración, paga o garantiza el crédito, habilita el Buzón) y vuelve a consultar; en la mayoría de los casos cambia a positiva el mismo día o al siguiente. Si crees que el SAT se equivoca, el trámite es una aclaración por el portal, en la sección «Mi portal», adjuntando el acuse que demuestra el cumplimiento.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo es válida la opinión de cumplimiento?
Treinta días naturales a partir de su emisión, aunque quien te la pide puede exigir una más reciente.
¿Qué significa «en suspensión»?
Que tu RFC está suspendido de actividades. No es negativa, pero tampoco sirve para contratar: hay que reanudar actividades para obtener una positiva.
¿Una declaración presentada hoy ya cuenta?
Normalmente sí al día siguiente. Si la opinión sigue negativa después de 48 horas, revisa que la declaración haya quedado efectivamente presentada y no solo guardada.
Cómo ayuda Contapolis
La causa más frecuente de una opinión negativa es una declaración olvidada. Contapolis arma tu contabilidad a partir de tus CFDI y te muestra qué periodos tienes pendientes, para que la opinión salga positiva cuando la necesitas y no cuando ya perdiste el contrato.
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