El CFDI 4.0 endureció la validación de los datos del receptor: nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y régimen fiscal tienen que coincidir con lo registrado ante el SAT. Si uno falla, el timbrado se rechaza. Ese es, en la práctica, el cambio que más duele.
Lo que cambió respecto a la 3.3
- Datos del receptor obligatorios y validados. Ya no basta el RFC: el nombre, el código postal y el régimen deben empatar con el padrón.
- Campo de objeto de impuesto. Cada concepto declara si es o no objeto de impuesto.
- Marcas de exportación y de operaciones con público en general, que antes se manejaban de forma más laxa.
- Reglas más estrictas para la cancelación, con motivo obligatorio y, en varios casos, la sustitución del comprobante.
El error número uno
El nombre del receptor con "S.A. de C.V." cuando el SAT lo tiene sin ese sufijo, o al revés. También los acentos y la puntuación. La regla operativa es simple: copia y pega desde la Constancia de Situación Fiscal del cliente, no lo escribas de memoria.
Cancelaciones: lo que hay que tener presente
Cancelar dejó de ser un clic sin consecuencias. Hay que indicar el motivo, y cuando el comprobante se sustituye por otro, se debe relacionar el folio del nuevo. Además existen plazos para cancelar comprobantes de ejercicios anteriores. Si cancelas mucho, conviene revisar el proceso de facturación antes que el de cancelación.
Cómo te afecta según lo que hagas
- Si emites: necesitas los datos fiscales correctos de cada cliente antes de facturar, no después.
- Si recibes: conviene validar que la factura traiga tus datos bien; una factura con tu nombre mal escrito es un problema de deducibilidad esperando a ocurrir.
- Si llevas contabilidad de terceros: el trabajo se movió aguas arriba, a mantener actualizado el padrón de clientes.
Cómo ayuda Contapolis
Contapolis descarga tus CFDI directamente del SAT, así que trabajas siempre con lo que el SAT tiene registrado —no con lo que alguien capturó a mano— y detectas de inmediato los comprobantes que se cancelaron después de haberlos recibido.
Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un contador. Las reglas de facturación cambian con la Resolución Miscelánea Fiscal: verifica siempre en sat.gob.mx.